CAUSA CXXX
D. Jacinto Figueroa, contra el tiobierno de la Provincia de Buenos Aires; sobre interdicto y rompetencia de jurisdiccion.
Sumario. — 1" Las gestiones administrativas hechas ante el Gobierno de Buenos Aires, para obtener la propiedad de un terreno, no constituyen un juicio que inhiba á la Corte Suprema Federal, para conocer en el interdicto que sobre el mismo terreno se deduce por el interesado.
2" Para que proceda un interdicto posesorio, es necesario que el actor tenga la posesion á título de propietario, desde un año, y sin los vicios de precaria, violenta ó clandestina.
Caso. —Se comprende leyendo el siguiente Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 17 de 1885.
Visto el interdicto de retener la posesion, deducido por Don Jacinto Figueroa, contra el Gobierno de la Provincia de Bue
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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:83
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