180 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de noviembre de 1973, Vistos los autos: "Martini, Miguel Conrado — Paraná —, solicita jubilación ordinaria".
Considerando:
Que las cuestiones debatidas en autos guardan sustancial analogía con las que motivaran el fallo de esta Corte del 11 de octubre de 1972, in re "Lavenir, José S. s/ jubilación", cuyos fundamentos otorgan sustento suficiente a la postura del apelante, Por lo demás, ellos conducen a declarar la inconstitucionalidad resultante de aplicar en el "sub judice" el art. 31 de la ley local de la Provinela de Entre Ríos 4690, en orden al principio de jerarquia normativa que establece el art. 31 de la Constitución Nacional.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General, se revoca la sentencia de fs. 63/67 en cuanto fue materia de recurso extraordinario.
MicueL Ascer, Bencarrz — Acustín Diaz BIsLEr — Manuer Arauz CASstex — Hécron MasNatra.
SALVADOR A. RODOFILE
IMPUESTO A LAS GANANCIAS EVENTUALES.
No es beneficio sujeto al impuesto a las ganancias eventuales la contraprestación, percibida por el inquilino en concepto de indemnización, cuando obedecía a 9 compremiso de entregar totalmente desocupado cl inmueble que arrendaba antes del vencimiento del plazo de la locación. f
DICTAMEN DEL ProCURADOR FISCAL DE La Conte SUPREMA
Suprema Corte:
El recurso extraordinario es procedente por hallarse en tela de juicio la interpretación de disposiciones de carácter federal.
En cuanto al fondo del asunto, el Fisco Nacional (D.C.L) actúa por intermedio de apoderado especial, que ya ha asumido ante V.E. la
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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:182
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