H.B.L. PRODUCTOS EL ORDEN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Inter pretación de normas locales de procedimientos. Casos varios Lo referente a cuestiones accesorias del pleito, como los interesos, es materia extraña a la instancia extraordinaria (1).
ELVELINO VESSELIZZA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Interpretatión de normes y actos comunes.
Es materia de hecho y pruela y de derecho común, ajena a la jurisdicción extraordinaria de la Corte, determinar si el aviso al librador de un cheque n qu se refiere el art, 302 del Código Penal debo efectunras en el domicilio real se aquél v en el especial que tenga registrado en el banto —art. 17, ap. 3, destetoley 4770/03—, La solución dado en el enso por la Cómera —avisa en el domicilio reni— no es desralificaldo ni importa exceso de sus facultades 0 ejervirio de las propias del legislador (2).
EMMA OBLIGADO ve DAVEL y. BENJAMINA MELITONA
VILLARRUEL DE MANSILLA
JURISPICCION Y COMPETENCIA: Sucesión, Fuero de atracción, Corresponde al juez que entiende en la sucesión de la persona condenada pagur las costas de otra emu, conocer de la ejecución promovida contra aquélla para obtener el pago de los honorarios regulados.
DICTAMEN Dit, ProCURADOR Cil SEAL
Suprema Corte El fuero de atrs vio que e-tableee € art. 3254 del ódigo Civ. 16 impuesto con eará:°er obligatorio or razones de ori público, pues tien MT julie. Caos: 200:547 : 250:422 , TOD: 35A:205, 432 ta) 14 de julio, Falia: 203:45 ; 2392827 248:085 ; 294:9 ; 776:51 , 135, 348.
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Año: 1971, CSJN Fallos: 280:152
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