de la Nación, sen en el exterior o eh lus oficinas de la Cancillería, los términos del citado art. 3 de Ia ley 12:951 .
6) Que tal conclusión se compadece, por lo demás, con el principio de los precedentes de esta Corte conforme al cual las normas que otorgan beneficios que pueden importar un privilegio enel contexto general del sistema jubilatorio vigente deben ser interpretadas estrietamente (doctrina de Fallos: 258:313 : 257:
149; 25): 200; 210:1052 , y otros).
Por ello, habiendo dictaminado el Señor Procurador General «nbstituto, se confirma la sentencia apelada en lo que ha sido materia del recurso extraordinario deducido a fs. 828 vta.
Anistónrio D. Aríoz De LAMADRID — Prvro AnerasrvRy — RiCanno CoLoMuRES — ESTEBAN IMAZ — CarLos Zavaa Jrax RovrÍGUEZ — Axmítcar A. MERCADER,
NOEMI NOVARO 15 LANUS Y OTROs y. NACION ARGENTINA
PEMANDAS CONTRA LA NACION.
El precepto del art. 7 de la doy 3952 es de aplicación a los juicios de desaJojo
El carácter declarativo de uma «entencia de desalojo contra el Estado Nacional significa que, para obtener 1 cumplimiento, dehen disponerse las medidas correspondientes por la propia autoridad demandada, con toda la diligencia que permita la preservación de las tareas que se cumplen en el inmueble arrendado.
PEMANDAS CONTEA LA NACION.
El carácter declarativo que corresponde atorgar a la sentencia de desalojo dictada respecto del edificio que ocupa la Escuela Nacional de Bellas Artes "Manuel Belgrano". dependiente del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación, atingue contena término para la desocnpación del inmueble, imvide requerir judicialmente su entrega el vencimiento de aquél, so volor de la razonabilidad del plazo acordado.
DEMANDAS CONTR LA NACION.
La «ubsistencia de la fnenltad judicial de intervención, en canso de irrazo
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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:554
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