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Fallos: 25:403 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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por las disposiciones mercantiles, Doña Josefa A. de Alurralde, para pedir daños y perjuicios, ha debido llenar préviamente las exijencias del artículo 533, del mismo Código, segun el que, siempre que haya mora por parte del comprador en recibirse de los efectos comprados, tiene el vendedor la facultad de pedir la rescision del contrato ó de reclamar el precio con el interés corriente por la demora, poniendo los efectos ála disposicion de la autoridad judicial, para que ordene su depósito y venta pública, por cuenta y riesgo del comprador, La Sra. de Alurralde ha procedido faltando absolutamente á lo que en dicho artículo se prescribe para que ella pueda usar de la accion de daños y perjuicios que acuerda la ley contra el comprador moroso, 6 que se niega á cumplir lo pactado.—Véase los Fallos de la Saprema Corte.—Causa LXXXIIV, 1° Série, tomo 9, y XXXIII, Série 2", tomo IV.

Considerando 10. Que atento á las razones espuestas, es fuera de toda duda de que la vendedora no tiene derecho á indemnizacion de ningun género, porque los daños y perjuicios que cobra, si los ha sufrido, tan solo á ella debe imputárselos, desde que faltó tambien al contrato, careciendo por consiguiente de todo fundamento legal su contra-demanda.

Considerando 11. Que segun lo considerado y como se desprende tambien de lo alegado por las partes, su intencion es que las obligaciones creadas por el contrato de compra-venta para el comprador y la vendedora, se estinguen por mútuo consentimiento; en cuya virtud es arreglado á derecho, que la vendedora Doña Josefa A. de Alurralde, devuelva al comprador la suma que recibió á cuenta del precio del ganado con los intereses respectivos desde la fecha de la entrega, porque el contrato ha quedado sin efecto, y es un principio de derecho universalmente reconocido, que ninguno puede enriquecerse con daño de otro, .

Considerando 12. Que la multa estipulada en el compromiso

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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:403 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-25/pagina-403

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