DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ¡ ELVIRA GALZERANO ve ROTONDARO v. NACION ARGENTI lA ; RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de cues- :
tión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del Y extraordinario. | La declaración de la Cámara, en cuanto fija los puntos ma h litis, es irrevisible en la instancia extraordinaria, con mayor razón si he coñsidera que la cuestión federal en que se funda el recurso no fué teada oportunamente, a pesar de ser previsible antes del fallo recurrido que confirmó el de primera instancia, dictado dentro del mismo planteamiento. |! RETIRO MILITAR. | | No aleanza la equiparación de haberes del personal militar retirado con los sueldos del que se halla en actividad, dispuesta por la ley 12.933, pr por haber sido condenado por la justicia federal, ha perdido su militar, | ACUMULACION DE BENEFICIOS: Jubilaciones y pensiones nacionales.
Del rézimen establecido en In ley 13478 y los decretos reglamentarios 39,204/48 y 3670/49 no surge obice para su reconocimiento en el énso a una pensión concedida en virtud de lo dispuesto en el art. 19, ine. 49, Código Penal. | PENSIONES MILITARES: Pensiones a los militares. Generalidades. 1 | El "prest" corresponde únicamente a los militares retirados en de parte integrante de su haber de retiro. ' No corresponde, en consecuencia, incluirlo en el beneficio que a Ly recurrente, concedido en virtud del art. 19, ine, 4, del Código si el enusante había perdido el estado militar en razón de una condena ihpuesta por la justicia federal. | ' FALLO DE LA CORTE SUPREMA . , r Buenos Aires, 24 de octubre de| 1958.
Vistos los antos: "Rotondaro, Elvira Galzerano de €/ Gobierno de la Nación s/ aumento de pensión"', en los que a > se ha concedido el recurso extraordinario contra la sentenci la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y E soadministrativo de fecha 3 de mayo de 1957. Y Considerando: | Que la actora pretende el aumento del haber de la ón que percibe, en virtud de lo dispuesto por el art. 19, inc. ?, del Cédigo Penal, en su carácter de esposa del ex contador irado de la Armada Nacional, don Alfredo Vicente Rotondaro, fué condenado por la justicia federal a la pena de tres años de pri |
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Año: 1958, CSJN Fallos: 242:131
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