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Fallos: 238:118 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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1 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA en el pueblo la convieción que para obtener justicia es necesario ungir en alguna forma sus manos. Razones históricas fáciles de eolumbrar explican la inclisión en muestro testo comstitucional de una norma como ln comentada, que no figura en el modelo de que se valieron los Comtituyentes de 1853.

La norma probibitiva preceptuado por el art. 79 cuando no halla nentamiento en los sometidos a su orden (presidente y vice presidente) produee efectos penales —que ya hemos visto (art. 259, E) P.)— y civiles. Unos y otros Se encuentran, a su vez, estrechamente relacionados (arts. 1101 y 1102, €. C.).

la probibición del art. 79 y la pena establecida por el art, 259 para el eno de que el acto se realice, determinan de acuerdo con el art. 15, €. €, la nulidad o ineficacia del acto realizado, Ya »e ha dicho que no es indispensable que una norma legal expresamento fulmine de nulidad al neto delictuoso, toda vez que su antijuridicidad, que ha sido el fundamento de la probibición, Neva implícita »u invalidez e ineficacia civil, El orden público, la moral y las buenas costumbres no estarían sufieiontemente tutelados si sólo se eastigara la conducta del transgresor, permitiéndole, en cambio, disponer y usar libremente del producto del hecho delietuoso. La nulidad —sanción eivil— que así surgo de esos actos, es nlmoluta y hasta puede ser pedida por el ministerio público "en el interés de la moral y de la ley" Cart. 1047, €. €).

lo mismo ocurre en el derecho administrativo, Los netos que llevan un Vicio de ilegalidad, que han nacido en violación de win coma jurídien positiva, se consideran también netos sin valor y como tales pueden ser anulados; este electo =e produre con retmactividad a la fecha en que los actos se originan ter fune).

Si la Junta Nacional de Hecuperación Patrimonial se halla facultada pura comprobar el origen lícito o ¡lícito de los bienes de funcionarios públicos y de terceros. vineulados n la Administración por actos de ésta, las funciones que así enmple la lNevan neceariamente a valorar los netos jurídicos realizados dentro de ese ámbito, lo que significa pronunciarse originariamente sobre la annlabilidad de los mismos, Aparte de la atribución señalada, de ella deriva, a

Del arte" labrada en es oportanidad por el Escribano General de Gobierno, se desprende que el patrimonio de aquél estaha integrado por nun quinta con ensnhabitación en San Vicente, Prov, de Bs. Aires: un automóvil °Paekard"; efeetos personales: bienes tetamentarios indivisos: parte correspondiente n la testamentaría de =u padre; una bóveda en esta Capital y un terreno en el pueblo de Roque Pérez, Prov. de Be, Aires. Manifestó en esa oportunidad ser deudor del Banco Hipoterario Nacional por $ 756.000, con hipotera sobre el inmueble de San Vicente.

Nueve años más tarde de formulada esi declaración, luego de depuesto el ex Presidente, se pudo comprobar que con haber obtenido en concepto de sueldos y gados de representación mientens estuvo en el poder la suma de 8 $15,280 había inerementado, en cumbio =a patrimonio en muebos millones de pesns.

Poseía una finea y dos casas de departamentos, en esta Capital; en su quinta de San Vicente se habían reslizado mejoras considerables; tenía valores mobi.

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Año: 1957, CSJN Fallos: 238:118 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-238/pagina-118

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