BIEN DE FAMILIA.
La esposa a quien se ha confiado la tenencia del único hijo menor como consecuencia del divorcio decretado por culpa del marido tiene derecho, no obstante la separación de bienes también dispuesta, a usar del único bien de familia manteniéndolo indiviso hasta que el niño llegue a la mayor edad, debiendo fijarse por los tribunales de la causa la suma que en concepto de su parte en el valor loeativo de la casa corresponda percibir mientras tanto al marido, todo ello sujeto a la liquidación final que oportunamente haya de practicarse.
SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO CIVIL
Buenos Aires, 9 de noviembre de 1953.
Autos y vistos; considerando :
No obstante las atinadas observaciones de orden eonstitucional formuladas por la aetora, estimo que ellas no autorizan a enervar el pedido del demandado de fs. 184.
En efecto existe en autos una sentencia firme (fs. 129/33) que ordena la separación de bienes y que debe ser ejecutada a pedido de parte interesada (art. 535, C. de P.), revistiendo en autos tal calidad actora y demandado no obstante el resultado de la sentencia y haberse decretado la separación de bienes a pedido de la actora (art. 1306, C. Civil).
Esta última sólo solicita no se haga lugar al pedido de remate, pero no propone ningún otro medio que pueda hacer efectiva la ineludible ejecución de la sentencia, ni ve el suseripto en el caso de antos una solución que contemple la situación personal que invoca la actora, mientras ambas partes, no se avengan a un arreglo de común acuerdo —lo que no se ha logrado en las audiencias realizadas—.
Si bien la Constitución Nacional establece que el Estado formará la unidad económica familiar y garantiza el bien de familia (art. 37, II, 2 y 3), condiciona ambas deelaraciones a lo que una ley especial establezen. Mientras ello no ocurra, tales disposiciones constitucionales no autorizan a desconocer el imperio de normas expresas del derecho de fondo y de forma ni la ejecutoriedad de una sentencia firme.
Es de tener presente, por otra parte, que la separación de bienes fué decretada a pedido de la actora y que situa
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Año: 1955, CSJN Fallos: 232:388
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