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Fallos: 232:176 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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ERNESTO DONATO TELESCA, ANTONIO HIPOLITO

MARTIN Y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus reparticiones autárquicas.

Corresponde a la justicia nacional, y no a la local de la respectiva provincia, conocer de la causa por defraudación en perjuicio del Banco de la Nación ai que se habría cometido mediante la disposición de bienes afectados con prenda con registro en garantía de una deuda hacia dicho Banco. No importa que la justicia provincial haya trabado embargo sobre esos bienes y que se impute al depositario el delito de malversación de candales públicos, en perjuicio de la administración local, si en la causa existen elementos de juicio suficientes para sospechar que los deudores pueden haber sido autores o partícipes en la disposición de los bienes prendados.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Este proceso se ha iniciado por denuncia del Banco de la Nación Argentina (sucursal Concordia) y su objeto es establecer si alguien ha ocultado o dispuesto con perjuicio de dicha institución de tres automotores prendados a la misma por Ernesto Donato Telesea y varios familiares suyos.

Ahora bien, la circunstancia de que con fecha 10 de julie de 1952 dichos bienes hubieran sido embargados, por la justicia local de la Pcia, de Entre Ríos, habiéndose designado depositario de ellos a Don Antonio Hipólito Martín, ha dado lugar a que la justicia nacional, que estaba conociendo del asunto, declarase su incompetencia sobre la base de la posible responsabilidad de éste último por violación de los arts, 261 y 263 del Có

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Año: 1955, CSJN Fallos: 232:176 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-232/pagina-176

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