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Fallos: 230:39 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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PRECIOS MAXIMOS,
Corresponde notificar al Procurador General del Tesoro las sentencias dictadas por los jueces nacionales al conocer de las apelaciones interpuestas en causas sobre precios máximos, pues dicho funcionario es parte como representante especial del Estado para esa elase de juicios.

PRECIOS MAXIMOS,
Las infracciones a los decretos 129.536/42 y 6389/43 tienen carácter formal, pues reprimen aún las acciones u omisiones que, direeta o implícitamente, signifiquen una violación a sus disposiciones. Por consiguiente, corresponde Cora seuieucia que dejó sin efecto Las multas aplicadas por la Dirección Nacional de Vigilancia de Precios y Abastecimiento, fundada los infractores, que reconocieron las transgresiones os procedido sin propósito de luero ni desmedro para terceros.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Remiúsitos formales, Introducción de la cuestión federal. Forma.

No es admisible la tacha de inconstitucionalidad contra los decretos 123.536/42 y 6389/43, sobre precios máximos, que no ha sido fundada aludiendo a cláusula alguna de la Constitución Nacional que se estime vulnerada por aquetos No basta que el recurrente alegue que, en lugar promover juicios de expropiación de los envases textiles usados, la autoridad administrativa decidió entregarlos a empresas privadas.


SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL
Rosario, 6 de abril de 1953.

Y vistos: los autos caratulados °° Arrondo finos. y Cía., apelación multa" (exp. 6756-4063/952) ; Y considerando que :

Primero. Con motivo de una inspección realizada en la zona dependiente de la Oficina Distribuidora de Envases Textiles de la localidad de San José de la Esquina, de esta provincia, se comprobó la existencia de excedentes de bolsas, falta

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Año: 1954, CSJN Fallos: 230:39 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-230/pagina-39

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