ra Instancia en lo Penal de Instrueción de la Capital Federal es el competente para conocer de la oresente emisa, Remitansele los autos y hágase saber e la for ma de e-tilo al Sr. Juez de Instrucción y Me ores de Villa María, Córdoba, Roronro G, VALENZUELA — ToMis D. Casanrs — -AriLiO Pessacxo — Luis E. Loxit,
JOSE HERIBERTO MARTINEZ Y OTRO
RECURSO ENTRAORDINARIO: Hequisitue propios. Cuestimes un federales. Interpretación de normas locales de procedimientos.
La determinación del monto del litigio y la enantía de los honorarios devengados en las instancias ordinarias son, en principio, cuestiones propias de los jueves de la exusa, Esta toctrina es particularmente aplicable al caso en que el juez de primera instancia interviene como tribunal último en la regulación, por convenio de partes, que no pueden alterar el róximen leal de la jurisdicción de la Corte Suprema, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cnestiones mo federales, Sentencias arbitrarios, No es arbitraria la sentencia que regula los honorarios del árbitro amigable componedor y del secretario del tribunal arbitral en la suma de $ 450.000 sí el Inudo contiene regu haeiones por más de $ 600.000 que no fueron objetadas por las partes. obligadas además al pago de los honorarios de aquéllos, y si al solicitar medidas preeantorias, e propio recurrente calentó precisamente en $ 450,000 La suma que debería pagarse al árbitro y al secretario, «que ahora consi dera confiseatoria,
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Año: 1954, CSJN Fallos: 230:343
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