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Fallos: 229:672 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de setiembre de 1954.

Vistos los antos: "Recurso de hecho deducido por Maltería y Cervecería de Cuyo en la causa Bemberg Otto Sebastián y otra, sus sucesiones, Incidente cobro de multa. Embargo preventivo. Maltería y Cervecería de Los Andes S. A, (en liquidación)", para decidir sobre su procedencia, Considerando :

Que el auto de fs, 456 del expediente remitido por vía de informe fué objeto, en primer término, de los recursos de nulidad, revoentoria y apelación en subsidio interpuestos en el e-crito de fs, 480 y sigtes., donde la recurrente expuso todas sus defensas y planteó las cuestiones federales en que, por separado e independientemente, fundó luego a fs. 520 vta, y sigtes. el recurso extraordinario deducido al mismo tiempo que aquéllos. or las razones que menciona en el auto de fs.

54 vta., el juez de la enusa entendió que su resolución debía ser mantenida, por lo eual decidió no hacer lugar a los recursos aludidos en primer término y tener presente el recurso extraordinario, que denegó más tarde a fs. 580 vía, Que la sentencia definitiva n los efectos del recurso extraordinario es la de fs. 534 vta. que, tomando en consideración las razones aducidas para que se dejara sin efecto el anto de fs, 456, lo mantuvo rechazándolas.

Tal es el criterio sustentado por la jurisprudencia de esta Corte Suprema (Fallos: 189, 422; 191, 366 224, 976; sentencia del 22 de diciembre de 1952 en el reeurso de hecho B. 352... Libro de Sentencias 1" 96, p. 484, entre otros).

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:672 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-672

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