torias son las aetuaciones de setenta y tantas casas exportadoras en el rubro lana— o hubiera resuelto la comercializa ción directa de la lana por el Estado por medio de sus organismos técnicos. Se refieren indudablemente al papel anti económico y perjudicial que para ciertos sectores de la produeción representan los aludidos intermediarios, y a su vehemente deseo de que los trabajadores del agro defiendan directamente el esfuerzo de sus menesteres diarios acudiendo a la formación de agrupaciones comeraliviates y, si les fuera posible, industrializando sus mati primas en los propios lugares de origen.
La misma realidad económica se encarga de justificar la veracidad de lo que afirmo. Infinidad de transacciones, multiplicadas a la enésima potencia, se suceden bajo el signo de la Constitución Nacional en las que la ley de la oferta y la de manda determina, amén otros eomplejos factores, los valores de cambio, y provoca o puede provocar inestables situaciones financieras a masas de productores, comerciantes, rentistas, profesionales, ete,, ete. —mercados de títulos, de monedas, de ganados, valores inmobiliarios, importadores, exportadores de cereales por intermedio del 1.A.P.I., ete., ete.— que hacen diferencias abultadas en más o en menos merced a las fluctuaciones más o menos intensas del mercado. El Estado vigila estas aetividades y las controla cuando lo eree conveniente, de acuerdo a las facultades que le confiere la ley 12.830.
Está fuera de toda diseusión la sanción de rulidad de los contratos lesivos al interés público pero es digno de observar que en la inmensa mayoría de los casos el legislador tiene a buen enidado determinar cuando las leyes que tienen este carácter, excepto, naturalmente, las que Tenmmyen las piedras angulares de la organización del Edtado y ae ae paetea de pertar la más mínima duda, aún para los menos avi tales por ejemplo, las instituciones políticas, las relaciones de familia, el orden sucesorio, algunas procesales corio las que determinan la jurisdieción L competencia, ete,, para no citar sino las más importantes. Cito de Rezzónico: °°Se considera universalmente que, como dicen Avvay er av, sin que el codificador lo diga expresamente como suele decirlo —y necesita decirlo o conviene que lo diga cuando dicta leyes e ——— las disposiciones referentes a estas materias —derechos reales, derecho de familia, derecho sucesorio—, como también las leyes constitucionales. administrativas, penales y de policía, son de "orden público". La autonomía de la voluntad, elc., p. 48.
¿Y dónde se encuentran los preceptos que so color de orden público impidan la obtención de ganancias cuando, como en el caso de autos. el comprador en un contrato de ejecución
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:387
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