Considerando ; 1) Se encuentran absolutamente probados los siguientes hechos: a) Que entre "Staudt y Cía." S. R. L. y D. Emilio Padua se celebró el contrato de compra-venta de fs. 1, por el cnal, en 21 de agosto de 1950 éste se compromete a vender la lana madre con su correspondiente barriga de (os ovinos de su establecimiento "San Benito" de la esquila de dicho año a los siguientes precios: 12.000 ks. de lana madre, aproximadamente, al precio de $ 75 los 10 ks.; 1,000 ks., más o menos, de lana barriga, al precio de $ 20 los 10 ks,, y 1.500 ks, de lana borrega, más o menos, al precio de $ 4 los 10 ks; b) Después de gestiones del comprador eoneretadas en una carta del representante Grieve y en un telegrama colacionado de la actora de feeha 15 de enero de 1951 intimando el cumplimiento del boleto n? 2484 y, posteriormente, el demandado Padua vende la lana objeto del contrato al Sr. Tonacio Eroles de la localidad de Sauce, Prov. de Corrientes, en fecha 2 de fe brero de 1951 —ver contestación a la demanda, fs. 33 y cortificado de guía otorgado por la policía de San José de Feliciano a fs. 249 vía.—; e) Entre "Standt y Cía." y D. Manuel Ra%l Bernard, en fecha 28 de agosto de 1950 se celebra el contrato de compra-venta n° 2490. por el enal el primero compra la lana de todas las ovejas del establecimiento °°La Rosita" del segundo, de acuerdo a las siguientes especifienciones:
2.700 ks. más o menos de lana madre al precio de $ 77 los 10 Es. ; 250 ks. de lana barriga, más o menos, al precio de $ 25 los 10 ks. y 300 ks. de lana cordero a $ 31 los 10 ks., estipulándese que la lana sería recibida en la segunda quineena del mes de noviembre —ver boleto de fs. 53—. En fecha 19 de diciembre, D. Manuel Raúl Bernard, por telegrama colacionado dirigide al representante del comprador, Sr, Grieve, se considera desobligado en virtud de no haber éste recibido oportunamente la lana, telegrama que es contestado en igual fecha por éste aduciendo que no lo hizo por no tener noticias que la mercadería estuviera a su disposición. Por último, el Sr. Manuel R, Bernard vende las lanas de su establecimiento al Sr, Tenacio Eroles, según confiesa en su escrito de responde de fs, 77 y constancias expedidas por Jefatura de Policía de San José de Feliciano a fs. 249 vta.; d) Entre "Standt y Cía." y D. Manuel Bernard.
en fecha 28 de agosto de 1950 se celebró el contrato de compraventa n° 2459 —fs. 120— por el que este señor se compromete a vender todas las lanas de sus ovejas de los establecimientos El Aguapí" yv "Tas Malvinas" a los siguientes precios y cantidades: 14.000 ks, de lana madre más o menos a $ 77 los
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:377
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