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Fallos: 229:112 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES
Eva Perón, 22 de diciembre de 1953, Y vistos: pa resolver los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de fs. 159, dictada en la causa seguida a Eugenio Fermín Benítez y Alonso, por contrabando.

El Dr. Vicini, dijo:

La sentencia apelada de fs. 159 debe ser confirmada en todas sus partes, por estar ajustada a derecho y a las constancias de la causa, siendo suficiente al efecto dar por reproducidos los fundamentos que sirven de base a la misma.

Los Dres. Anzorreguy y Costa, dijeron:

Que adhieren al voto precedente.

Por lo que resulta del Acuerdo que antecede: se confirma la sentencia apelada de fs. 159, en cuanto ha sido materia de recurso. Con costas. — Roberto €. Costa, — Diego Vicini. — Hugo A. Ancorreguy.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de junio de 1954.

Vistos los autos: "Benítez y Alonso, Eugenio Fermín s/ contrabando", en los que a fs. 186 se ha concedido el recurso extraordinario.

Considerando :

Que el recurrente ha sido definitivamente condenado en la sentencia de fs, 181 que confirmó la de fs. 159, por el delito de contrabando, a la pena de eomiso de veintitrés kilogramos, quinientos seis gramos de oro en plancha que intentara introducir al país clandestinamente, Que el recurso extraordinario deducido respecto de aquel pronunciamiento, se lo ha interpuesto invocando la violación al principio de la igualdad ante la ley del

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:112 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-229/pagina-112

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