y S. R. L. J. TRACHTER Y CIA, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales.
Es improcedente el recurso extraordinario en se ha Te E A como actuación— aa A] la o sellado en la infundada equiparación del incidente de calificación de la quiebra con las causas criminales (°),
JUAN ANTONIO FAUSTINELLI v, ANTONIO ALASIA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite.
E reee entrariimle debe deducitos ante el ep tribunal de la causa, carácter que no corresponde al juez de primera instancia que dispone cumplir la sentencia dietada por la cámara respectiva (°).
ORLANDO ANTONIO VICTOR CULASSO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Delitos en particular. Defraudación.
Los tribunales ante los cuales el procesado hizo valer la documentación que invoca para liberarse de las obligaciones cuyo e le fué pd son Jos competentes para conocer de la estafa fundede en haberes obtenido mediante apaño la rra. de dicha documentación.
1) 10 28 dente: Fallos: 125, 10; 132, 60; 188, 120.
2) 14 de junio, Fallos: 226, 72,
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:114
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