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Fallos: 227:330 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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330 FALLOS DE LA CORTE "UPREMA he considerarse como monto del juicio a la diferencia entre la oferta fiseal y la suma en definitiva señalada como indemnización, no siendo aplicable el arancel —Fallos: 219, 160 y otros—.

Por tanto se confirma la sentencia de fs. 533 en euanto al monto de la indemnización que establece, nl pago de los intereses y al de las costas de primera instancia. Se In reforma en cuanto a las de segunda que deberán pagarse en el orden enusado. Del mismo modo se abonarán también las de esta instancia, Se la reforma igualmente en cuanto a los honorarios del Dr. Aníbal El. Ivaucich por sus trabajos en primera instancia que se fijan en la suma de ciento veinte mil pesos moneda nacional.

Rovorro G. VaLeszveLa — Tomás D. Casares — Ferre Santiaco Pérez — Ario Pessauxo — Luis KR. Loxomi.


NACION ARGENTINA v. BENJAMIN SASTRE Y OTROS
EXPROPLACION: Mudemnización. Determinación del valor real.

Los métodos directo e indirecto para determinar el precio del bien expropiado se complementan; por lo que se justifien el procedimiento de promediar el resultado de ellos.


SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO Crvir, Y COMERCIAL
EsrEcian Tuenos Aires, 24 de diciembre de 1951, Y vistos: Estos autes seguidos por el Fiseo Nacional e./ Benjamin Sastre y otros, s,/ expropiación, de los ennles,

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:330 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-227/pagina-330

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