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Fallos: 226:603 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN es
DICTAMEN DEL ProcvraDoR GENERAL
Suprema Corte: .

Con motivo de la rogatoria librada en los autos sucesorios de D. José López Rivas, que tramitan ante la justicia de la Capital Federal, el Consejo Administrativo de la Enseñanza Pública de la Provincia de Mendoza resolvió, con arreglo a lo dispuesto en las leyes locales 1696 y 1750 sobre impuesto a'la transmisión gratuita de bienes, que quedaban sujetos a gravamen o los bienes situados en jurisdicción provincial de propiedad de una sociedad anónima con domicilio legal en la misma provincia, en la medida en que dichos bienes astuviesen representados por acciones de dicha sociedad, pertenecientes al causante, que se encontraban depositadas en la Capital Federal, lugar del último domicilio de aquél al ocurrir su fallecimiento.

Contra esa resolución la parte interesada dedujo por ante la Suprema Corte de Justicia local neción de inconstitucionalidad y recurso contenciosoadministrativo reiterando la cuestión constitucional articulada en la instancia administrativa, fundada en la supremacía de normas nacionales que a su juicio rigen el caso y en la jurisprudencia de V. E. en causas análogas.

La Suprema Corte provincial resolvió, en suma, "desechar la demanda de inconstitucionalidad"' y "'nbsolver de la demanda contenciosoadministrativa... al H. Consejo Administrativo de la Enseñanza Pública".

Lo primero, por entender que escapaba a su función el pronunciarse sobre supuestas violaciones de la Constitución Nacional, y lo segundo, por no hallar cumplidos

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:603 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-603

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