508 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
SENTENCIA
Vistos y considerando:
Que en el presente Acuerdo ha o establecido unanimidad : a ta m 19 Debe suponerse que quedó sin efecto el preaviso, cuando después de haber vencido el término legal el empleado continuó prestando servicios con conveimiento y aprobación del empleador.
2 Para que la Empresa, en la especie el Frigorífico Armour de La Plata, sea eximida de la indemnización por des— en el caso del trabajador en condiciones de obtener jnbiación ordinaria íntegra, es necesaria la justificación oficial del Instituto Nacional de Previsión Social en el sentido de haber cumplido el trabajador la edad y los años de servicios exigidos por la ley para jubilarse, Por ello, y demás fundamentos del Acuerdo que antecede, ge condena al Frigorífico Armour de La Plata S. A, a pagar a D. Pedro Abraham dentro de los 10 días de notificado, la cantidad de € 8.544,18 m/n, en concepto de indemnización por despido sin preaviso, La condena se hace extensiva a los intereses al tipo oficial desde la fecha de la interpelación judicial y a las costas, — Alberto Montaña, — V. Alberto de la Vega. — Luis Néstor Cabanillas.
SENTENCIA DE LA SUPREMA Conte DE Buenos Alnes En la ciudad de La Plata, a 23 de octubre de 1951, reunida la Suprema Corte de Justicia en Acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la eausa B. n° 36.696, caratulada "° Abraham, Pedro e./ Frigorífico Armour de La Plata S. A. s./ despido", se procedió a practicar la desinsaculación de ley, resultando que en la votación debía observarse >. los Sres. Jueces el orden siguiente: Dres. Illescas, Demaría nesey, Brunet, Moreno Tueyo, Escobar Sáenz, Giardulli (h.).
Antecedentes El Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata, dictó sentencia en estos autos condenando a la demandada a pagar al actor la suma de $ 8.544,18 m/n,, intereses y costas, Se dedujo recurso de inaplieabilidad de ley.
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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:508
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