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Fallos: 226:309 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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o a E del tribunel de la causa al respecto es, en principio, irrevisible en instancia e-traordinaria (°).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Debe desestimarse el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que, a juicio de la Corte Suprema, no admite la tacha de arbitrariedad en los términos de su jurisprudencia.


VIRGINIA MARTINIANA ZABALETA v. FRATESSI Y
DOMINGUEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso, Término.

Es improcedente el recurso extraordinario deducido con anterioridad a la sentencia de que se apela (°).

"BAKE PRINCE" — G. F. Y E. 5. PRESTIGIACOMO y.


S. A, PERFUMERIA DUBARRY
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales, Procede el recurso extraordinario deducido por el titular de una marca registrada para una clase determinada, que se opuso a la inscripción de otra en una clase distinta, Suriato en de interpreta de E 3975, en la j de la Corte Suprema al respecto, en la similitud de las marcas en cuestión y la confusión que ello ocasionaría al público acerea de la procedencia de los artículos por venderse en los mismos tipos de negocios, contra Ia sentencia que rechaza la oposición sobre la base de una inteligencia distinta de las disposiciones legales.

2) Fallos: 217, 682.

9) 3 de agosto. Fallos: 208, 103; 224, 794.

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:309 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-309

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