32, 82 y sigtes. de la ley orgánica, los citados de la ley 12.976, y ley 12.933). Y ello no sólo por falta de norma que lo autorizara, ya que tales limitaciones no figuran entre las que menciona el art. 17 de la ley orgánica, sino, además, porque los arts. 78 y 84 expresamente conceden al retirado el derecho de que se le computen los servicios prestados para aumentar su pensión. Es evidente que no cabría limitar el aumento de la pensión al resultante tan sólo de la bonificación a que alude el art. 84 por el tiempo de los servicios prestados, prescindiendo del grado sin dejar de lado, además de las disposiciones legales anteriormente citadas, lo dispuesto expresamente por el art. 32 de la ley orgúnica, según el cual el personal retirado en situación transitoria de actividad prevista en el art. 69 (que fué modificado por la ley 12.976) al ser licenciado volverá a la situación de retiro "con el grado que hubiere alcanzado"" "o con la antigiiedad que le correspondiese"', conceptos estos bien distintos y no susceptibles de confusión.
Por tanto, confírmase la sentencia apelada en lo que ha sido materia del recurso extraordinario.
Ronorro G. VALENZUELA — ToMÁs D. Casares — Feure Santuco Pérez — Ario Prssaoxo — Luis R. Lowanr.
Compartir
43Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1953, CSJN Fallos: 225:591
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-591
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 225 en el número: 591 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos