DR JUSTICIA DE LA NACIÓN 305 poder que testimoniado corre de fs. 16/21, y manifiesta: que su mandante no se opone al curso de la acción pero que está disconforme y no acepta por irrisorio, el precio ofrecido por los terrenos, ya que él no representa sino una ínfima parte del valor real de los mismos, Dice que las tierras, son parte integrante de un lote de mayor extensión se individualiza en la nomenclatura oficial como parcela 12, fracción IT, Sec, L, Cir, T, del plano catastral de la ciudad, parcela integrante, a su vez, de la antigua °°Quinta" o "Molino de Patrón"; que dicho inmueble lo hubo su mandante por compra a Francisca Costas de Patrón, por eseritura pasada ante el Escribano D. Mario Chiloteguy, de la Capital Federal, en 5 de Mayo de 1926, registrado a folio 376, asiento 431 del Libro 1° de Títulos de la Capital, que en testimonio presenta.
Expresa, que el precio ofrecido por la expropiante no se ajusta al eriterio legal, toda vez que en la actualidad no es posible adquirir terrenos dentro del perímetro de esta ciudad por menes de € 10 el al + y que de eee vedura je atendido las Jaderas del Cerro San Bernardo, por el Este; que por el Norte alcanza el frente mismo, calle de por medio, de los Cuarteles y del Campo de Maniobras Gral. Belgrano del Ejército Argentino; y por el Oeste, llega hasta el pie de las Lomas de Aadeiros y de Enirón que cerenda par eaten tres vambos. a expansión edilicia ha que encauzarse hacia el Sud, zona donde la urbanización se desarrolla — AA punto que ha provocado el parcelamiento . " de Isasmendi, "La Soledad" y "La Pólvora", de las que se han vendido lotes por precios que, en algunos casos, han sido superiores a $ 15 el m°. Añade que las causas anotadas, unidas al aumento creciente de la población y a la inflación originada por el exceso de circulación monetaria, explican perfectamente la extraordinaria y constante valorización que viene experimentando la propiedad inmobiliaria en esta ciudad; y, para tener un Índice inequívoco del valor real que tienen actualmente los terrenos para construcción de viviendas, en la zona de influencia de esta Capital, señala los precios obtenidos en los loteos de las fincas que indica y manifiesta que la fracción de terreno de su representada se encuentra ubicada en la zona Oeste de esta Ciudad, a cinco cuadras del pavimento asfáltico y a siete de la Plaza Alvarado y que se trata de terrenos absolutamente planos y totalmente desmontados, sin desniveles ni cañadas, zanjas o "'husicos"", situados en uno de los sectores más alto, que sólo distan una cuadra y media de
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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:365
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