SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES
San Miguel de Tucumán, 29 de octubre de 1952.
Y Vistos: Por sus fundamentos, se resuelve :
Confirmar, con costas del recurso, la sentencia apelada dictada por el Sr. Juez Nacional de Primera Instancia de Salta de nn 115a 1 ve. de e —— "Estado Carlos Sanjuán. — Norberio Antoni. — Manuel 8 uiz. —
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de abril de 1953.
Vistos los autos: ° Estado Nacional Argentino c./ Ceferino Velarde s./ expropiación", en los que a fs. 133 se ha conecdido el recurso ordinario de apelación.
Considerando :
Que con posterioridad al alegato presentado por el representante de la actora a fa. 114, desde luego, antes de la sentencia de primera instancia de fs. 115, consentida por la demandada, no se ha invocado en las sucesivas expresiones de agravios, circunstancia alguna que desvirtúe las razones aducidas en los respectivos fallos, pues se limitan a dar por reproducidas las observaciones del alegato de referencia, el cual, por su parte, no se vincula a los fundamentos de la peritación del Tribunal de Tasaciones, cuyas conclusiones adoptadas por la mayoría de sus miembros, han sido admitidas en los eoincidentes fallos pronunciados, Que no obstante la omisión de referencia, esta Corte Suprema considera que el valor atribuído a la fracción de tierra que se expropin, en la sentencia recurrida, con
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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:362
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-362
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