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Fallos: 224:107 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL
Le Ti dudo .:4-A5o del Libertador Coneni:San Mar.

tín, 1950. , Vistos los autos "Fisco Nacional e./ Puppo Antonio Luis 5./ expropiación ', de los que Resulta:

IL. Quea fs. 41 el Fisco Nacional demanda contra Antoaio Luis Purpo gor iación de 3 lotes de terreno señala- .

dos como A, Y E sección 15, manzana UU), de esta ciudad de La Plata, con una superficie de 300, 400 y 100 m?.,, respectivamente, cuyos demás detalles de ubicación, dimensiones, linderos, etc., resultan del plano de fs. 16, con destino a la instala . ción de dependencias del Ministerio de Marina, de conformidad al decreto del P, E. N° 25.509 del 25 de agosto de 1947, que en copia obra a fs. 17/18, dictado en mérito a lo establee A A (fs. 97) At los mismos la suma e y poo quere de dret atom h a contesta la el Sr, allanándose a la expropiación intentada, pero manifestando diccentermidad, por tajo tos el precio alertado qu mada de a midenie de hato y or pe indica y a las que me remito, en cambio del ct perjuicio de la estimación que en su oportunidad resulte de la prueba pericial, entiende que el valor pertinente es el de m$n. 88.000 el terreno y m$n. 22.000 las mejoras, con intereses y costas, Aadicado que para el ampuesto «de aue fuer apticado en ma perjuicio, impugna por inconstitucional el art. 1" del deereto del P, E, Ny 17.920/44 en cuanto modifica el art. 6° de la ley 189, Considerando :

1) Que el inmueble que se expropia está constituido por los tres lotes de terreno mencionados en el resultando T, inscriptos en el Registro de la Propiedad a nombre del demandado, según título obrante a fs, 54/63, en la siguiente forma:

25 de enero de 1946, N° 669 del Partido de La Plata; 15 de junio de 1944, No 2214 del mismo Partido; y 19 de septiembre de 1945, N" 4120 de igual Partido; y para su descripción de detalle como asimismo en todo lo que respecta a sus características intrínsecas y extrínsecas y las de su zona de ubicación

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:107 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-224/pagina-107

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