Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 223:12 de la CSJN Argentina - Año: 1952

Anterior ... | Siguiente ...

sea del caso poner en ejercicio sus facultades constitucionales en materia de superintendencia.

En su mérito se desestima la precedente queja.

Roporro G. VaLawzuera — FeLIPE SANTIAGO Pérez — Arr
LIO Pessaoxo — Luis R.
Lowaonr.


MARIA LUISA TOUJAS DE WELLS v. NACION
ARGENTINA .
PENSIONES MILITARES: Pensiones a los militares, Generalidades.

No tar la inclusión del " "" —deEE os su va sino'e la prueba de ue el nteeado haya tnbio derecho aál.

PENSIONES MILITARES: Pensiones a deudos de militares, Correo Aa Eee e viuda de un capitán de fragata (expedicionario al desierto tiene derecho a que se incluya en la liquidación de la Pesión de que gon Z,en la miema proporción del muldo, el importe del "° ? que se por el P. E. tenía At al tiempo de su muerte, no obstante su situación de retiro.


SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO
Civit, Comenciar y PENAL ESPECIAL Y EN LO CONTENCIOSOAD

MINISTRATIVO
Buenos Aires, 7 de setiembre de 1951, Y Vistos: estos autos seguidos Da. María Luisa Toujan de Wells contra el Gobierno de la Nación, por aumento de e a de la Nación, el Tribunal plantes — usticia i ió !

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

69

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1952, CSJN Fallos: 223:12 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-223/pagina-12

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 223 en el número: 12 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos