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Fallos: 222:206 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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200 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA del artículo que admite la computación de servicios prestados al mismo empleador con anterioridad, si"el empleado reingresó a su servicio, por lo cual se considera que esos servicios anteriores deben tenerse en cuenta, aunque se hayan prestado con anterioridad a la sanción de la ley citada, no es tampoco constitucionalmente objetable. .

Por tanto y de acuerdo con lo dictaminado por el Sr. Procurador General se confirma la sentencia apelada en cuanto ha sido materia del recurso.

Ronorro G. VALENzUELa — Tomás D. Casanes — FELIPE SastIaco Pénrz — Ario Pessaoxo,
M. MENDEZ GONZALEZ Y OTRO
RETROACTIVIDAD,
Las modificatorias de la jurisdieción y com: i mediato causas pendientes siempre que no importen privar de A Mtplido.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia militar.

Si de autos resulta que el delito imputado a un gendarme sería de carácter común, no de los rta de cri A la ley 14.050, es competente para conoeer de la causa inatruída con ese motivo el Je nacional del Territorio y no el juez de instrueción de Nacional.

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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:206 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-222/pagina-206

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