SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
La Plata, diciembre 22. Año del Libertador General San Martín, 1950. 
Y vistos:
Este expediente N" 11.346/945, seguido por el Fiseo Naeional c./ Mariana Pelento de Bengochea y D. Pedro Víetor Pelento por expropiación, de cuyo examen y eireunstaneia Resulta :
IL. Que a fs. 37/39, el Dr. Ismael Jorge Saravia, en representación del Fisco, facultado por los arts. 7 del decreto 26,966/944 y 3 del decreto 6.969/945, promueve juicio por ante el Juzgado de Seceión de la Capital Federal, entonces a cargo del Dr. Belisario Gache Pirán, contra Da. Rosa Bernaschina de Pelento y Da. Mariana y D. Pedro Víctor Pelento, por expropiación de una fracción de tierra, constituida por los lotes 113, 114, 115 y 116, sita en el partido de Esteban Echeverría de esta Provincia, con destino a la construcción y habilitación de un aeropuerto nacional y las demás obras e instalaciones complementarias. Consigna aereditándolo con la boleta respectiva extendida por el Banco de la Nación Argentina (fs. 1) la cantidad de $ 208.632,01 m/n., como precio de la tierra con sus mejoras y solicita, invocando razones de urgencia, la posesión inmediata de la misma.
IL Que a fs. 41/41 vta, D. Pedro Víctor Pelento y Da. Mariana Pelento de Denguenes. Nor derecho propio, manifiestan que, domiciliándose en la idad de Florencio Varela, solicitan, con la eonformidad del representante del actor, el pase de las actuaciones a la justicia federal de esta Provincia.
sin perjuicio de aceptar la prórroga de jurisdicción al solo efecto de dar la posesión pedida por el expropiante. Atento el acuerdo de partes, a fs. 42 se decreta la entrega de la poseción solicitada —proveído que se complementa con fecha 30 de abril de 1945, según instruye el acta de fs, 43— resolviéndose, al propio tiempo, la remisión del expediente a la justicia federal de esta Provincia, II. Que recibidos los autos por este Juzgado, a fs. 50/51 D. Severo Marino, en representación de D. Pedro Víetor Pelento y de Da. Mariana Pelento de Bengochea, personería
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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:154 
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