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Fallos: 221:73 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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RECURSO DE QUEJA.
No cabe prescindir de acompañar al pedido de informes, la copia de la queja, como medio necesario para la información de la e requerida y, por lo demás, conforme a inveterada práctica del Tribunal, LEY DE SELLOS: Exenciones.

La Corte Suprema carece de atribuciones para eximir al peticionante en un recurso de queja traído ante ella, de la actuación en papel sellado,
ELOWSON Y WESTER S. A. v. NACION ARGENTINA
REDITOS)
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales.

Es improcedente el recurso extraordinario fundado en la obligatoriedad de la jurisprudencia que establece el art.

95 de la Constitución Nacional, si no se ha mencionado decisión conereta de la Corte Suprema posterior a la sanción de la Carta Fundamental vigente, con respecto a ninguna de las dos cuestiones debatidas en el juieio y de cuya solución depende la suerte de la demanda, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestión federal. Cuestiones federales simples, Interpretación de las leyes federales, Procede el recurso extraordinario fundado en la interpretación que corresponde atribuir n las disposiciones de ln ley 11,683 —T, O, anterior al decreto N 14.341/40— invocadas por ln netora durante el curso del juicio, a partir de la demanda, IMPUESTO A LOS REDITOS: Procedimiento y recursos, Tanto bajo el regimen organizado por la ley 11,083, como según el entablecido por el texto actualizado eu 1947, que lo neluró, ex indudable: que ni la conformidad del contri» iuyente con el resultado de la Inspeeción realizada por el empleado destavado al efento, ni el E «le la mima Aquila por 6), pueden privar a la Direvelón de la fa:

embtad de oxaminer o) respectivo informo y decidir lo que

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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:73 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-221/pagina-73

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