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Fallos: 221:305 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 305 , quiere una cuestión delicada, como la que se plantes y poder hacer una estimación que pueda ajustarse a la realidad y sobre todo, que contemple el valor real del inmueble, y; Considerando:

Que de conformidad a los antecedentes materin de estudio en estos autos las cuestiones sobre las cuales ha de recaer la sentencia se reducirán a: 1) Estimación del valor venal de la tierra que es materia de expropiación. 2?) Apreciación de las mejoras existentes y su determinación, y 3°) Perjuicios, ai los hubiera, su discriminación e indemnización.

Es indiscutible que otras cuestiones deberán ser excluídas desde que no han sido mencionadas por la demandada ni haberse diseutido la procedencia y legalidad — citada, ni incidentado ésta en razón de improcedencia de títulos o superficie.

Estimación del valor venal de la tierra. En este punto la actora ha situado sus pretensiones teniendo como fundamento esencial la estimación primaria practicada por la tasación que "End realieada por la Disección General de Ingenteras'" (1s. 9) que ascendía a la suma de $ 75.188,93 y esa cantidad, oportuAamente depositada a de cien del Jorgado, componleraa le respectiva de fs. 1. El Sr. Procurador Fiscal en su carácter de representante del Gobierno de la Nación, dedujo la acción correspondiente sosteniendo que la estimación a que aludo precedentemente, le servía de base y por justicia, finalmente debía considerarse equitativa para el pago del inmueble expropiado y por todo concepto.

La prueba traída a los autos por el actor, la constituye la pericia obrante de fs. 138 x 152 en la cual el Ing. Izquierdo concluye en asignar al bien un valor de $ 75.168,93 cantidad exactamente igual a la depositada para cubrir la expropiación .

y en ella se involucra por concepto de mejoras, las viviendas de Eclonte empeciticados 6 An 151 sia. como ori tambien les ale:

brados tes cuyo valor se fija en $ 4.400, estimación practicada sobre el total que consignan otras pericias o sea sobre los 22.000 metros de alambrados que cubren el perímetro :

general del campo. A los efectos de extraer los antecedentes periciales, el verdadero valor de la propiedad, el perito diserimina circunstancias anteriores que pudieron propender A a su mejoramiento y comienza sosteniendo que el inmueble expropiado en razón a los trabajos de desmonte, aradas y sembradas le tun priporciemado ea Miomimicion en my valer ans aprecia en $ por hectárea. El proveyente entiende que tal

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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:305 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-221/pagina-305

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