III, Declarar q Jas costas del presente juicio, son a cargo del actor, — Joaquín J. J. Rodríguez.
SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES y e Rosario, 7 de agosto de 1951.
Vistos, en acuerdo, los autos: "Gobierno de la Nación €./ Emma Ureta V. de Guastavino — expropiación", y Considerando :
1. Trata el presente ¿uc de la expropiación del edificio que ocupa actualmente el Juzgado Nacional con sede en la ciudad de Santa Fe.
La propiedad de referencia se halla ubicada en la zona Sud —ealle 9 de Julio—, formando esquina con la calle Buenos Aires, a pocas cuadras de la plaza principal, de la casa de Gobierno, Legislatura y Tribunales, Compruébase así su emplazamiento en uno de los barrios céntricos de la ciudad Capital de la provincia. Tiene 34,95 mts, sobre la calle 9 de Julio y 19,675 mis, sobre la calle Buenos Aires, siendo los respectivos contrafrentes de 34,84 y 19,42 mts, lo que en total establece una superficie de 666,92 mts, La construcción es moderna, realizada en el año 1932, está provista de amplios ambientes, cómodos y con materiales de calidad. Tiene dos plantas, siendo la superficio cubierta de la a 577,85 mts? y de la alta 492,64 mts, lo que totaliza 1. mis, 2. La expropiación es iniciada por el Sr. Procurador Fiscal en representación del Fisco Nacional, ofreciendo como precio la suma de $ 300.000, previo estudio realizado por un técnico del Ministerio de Obras Públicas de la Nación. La demandada por su parte pretendió $ 387.420.
El perito del actor, arquitecto Felipe de Cieco, el de la demandada, Ing. Atilio Simonutti y el tercero, constructor Humberto Mazzarantani, producen el dictamen de fs. 105 a 121.
El primero tasa el terreno en $ 33.346 y el remanente hasta cubrir la cantidad de $ 300.000 que atribuye al valor del edificio, De mciniente it, que esta Ctima ni responde a la vi ¡era propiedad. pero es el mismo técnico que actuó en representación del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, en ocasión de la iniciación de este juicio.
El perito de la demandada fija el valor del terreno en
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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:140
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