134 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Por lo expuesto, voto por la negativa a la cuestión proLos Sres. Jueces Dres, Abelardo Jorge Montiel y Romeo Fernando Cámera, adhirieron al voto precedente.
A mérito del Acuerdo que antecede, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda de repetición promovida contra la Nación por D. Pablo P, Bardin. Las costas de ambas instancias a la parte vencida. — Abelardo Jorge Montiel. — Romeo Fernando Cámera, — Marimiliano Consoli.
DICTAMEN DEL PRrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
El recurso extraordinario concedido en antos es procedente, por hallarse en juego la interpretación de normas federales.
En cuanto al fondo del asunto el Fiseo Nacional L actún por intermedio de apoderado especial, el que ya ha asumido ante V. E, la intervención que le corresponde. — Buenos Aires, septiembre 27 de 1951. — Carlos G. Delfino.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de noviembre de 1951.
Vistos los autos "Bardin Pablo P. e/ La Nación s/ repetición de impuesto", en los que se hn concedido a fs. 113 el recurso extraordinario.
Considerando:
Que en el recurso extraordinario concedido a fs. 113 se objeta la interpretación que en la sentencia apelada de fs. 100 se hace del art. 1? de la ley 11.284 (119 del t. 0.) y del art. 2 del título VIII de la Reglamentación general, y la constitucionalidad de este último.
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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:134
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