Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 220:848 de la CSJN Argentina - Año: 1951

Anterior ... | Siguiente ...

acarreo de la leña, no ha estado en sus manos evitarlo y que ne. de iD AA Ae Er le a todo de conformidad con el art. 513 del Cód. Civil, defensa e E ATA Ea a fa. 27 vta, se abre a prueba el juicio, dE e E eee e ya que dicha parte sido Que lo de fs. 29 de abril Juzgado recha por auto de de 9/46, el rechaza la petición, notificándose ambas partes según diligencias que obran a fe, 30.

5" Que a fs. 36 la parte actora presenta las siguientes probanzas : 1) Pliego de condiciones firmado el demandado Cía. 31 + 39). 2) Gopin del formulario provkión de Je, fr.

mado por el demandado (fa. 34), y 3) El consentimiento a la orden de entrega también firmado por el demandado.

6 Ta demededa artes prada e fe 38, que Ye ¡en menta así 1) Los documentos de fs. 20 a 24 presentados al contestar la demanda ; 2) Los decretos y disposiciones del P. E.

de la Nación sobre racionamiento de nafta, cubiertas I cámaras; 3) Prueba sobre este último punto a recibirse de Y, P. F.

y proveedores de esta Ciudad, sobre si hubo normal y libre abastecimiento de nafta y neumáticos en los años 1942 a 1944; 4) Pide se libre oficio a la Oficina del Caucho sobre gestión del demandado en requerimiento de tales elementos; 5) Ofrece prueba testimonial.

7 Que abre le proves afetrida por le acera. 1a,TANe cuestiona su procedencia en el incidente N° 161/ 1946 agregado a fs. 59 a 65 y a mérito dice, de los argumentos sostenidos al contestar la demanda, en cuanto la actora al no acompañar el contrato ni el pliego de condiciones, no pudo ofrecerlos en el término de prueba. Que de esta Mi corre traslado a la actora a fs. 61, quien lo contesta en escrito de fs, 62 a 63.

Y Considerando:

IL Que fundándose la acción de daños y perjuicios seguida por el FF. CC, contra D. José P, Iturralde en estos autos, en un contrato celebrado por la Empresa ferroviaria con el demandado por provisión de Jeña y surgiendo los daños y perjuicios E en estipulaciones contractuales que obra a e DE Uf en el art. 30 del pliego de condiciones, tales documentos (el contrato de entrega y el pliego de condiciones), al reglar las

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

49

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1951, CSJN Fallos: 220:848 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-848

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 220 en el número: 848 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos