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Fallos: 220:473 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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Fallo:

Haciendo lugar a la expropiación del inmueble de referencia ya individualizado en autos a favor del Gobierno de la Nación, estimando el precio de indemnización, en conjunto, incluídas mejoras, o sin aceptar los perjuicios reclamados por fraccionam: , etc., en la suma global de $ 30.000 m/n. que el actor deberá ingresar dentro de los treinta días de consentida con más les intereses a contar desde el día de deta de peseta, al Ste Maerto, Las costas de acuerdo al art. 18 del decreto N° 17.920, en el orden causado, las comunes por mitades, — Abelardo J.

Montiel.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Paraná, 13 de diciembre del " Año ¿el Libertador General San Martín", 1950, Y Vistos:

El juicio caratulado : "Gobierno Nacional e./ José Sartori, Expropiación"" procedente del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay en virtud de los recursos de apelación interpuestos a fs. 130 y 131 contra la sentencia de fs. 126 a 128 vta.

concedidos a fs. 130 vía, y 131 vta. respectivamente; y Considerando :

Que el presente juicio por las constancias de su tramitación, por los peritajes y elementos de justiprecio acumulados .

y por la ubieación del inmueble que se expropia —ver planos ae 1 puedo timo cesión son ln . "Gobierno Nacional 7 ,- ita M, e Pon / cm piación", que, procedentes uzgado oncepe:

del ra. fueron resueltos De esta Cámara por sentencia de fechas 3 de noviembre de 1945 y 24 de diciembre de 1945 respectivamente e emies Pueran contirmados per la.Exema.

Corte Suprema de Justicia de la Nación por fallos de fecha 23 de octubre de 1946, De consiguiente, en todo cuanto esta cansa tenga de común con las mencionadas, privarán las mismas razones allí Que, mo tratarse de un juicio de idéntica natu raleza, ren pertrtamente aplicables al caso de autos 19 eonceptos docti os expuestos por el Tribunal al fallar en 13 de

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:473 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-473

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