NACION ARGENTINA (MINISTERIO DE MARINA) v.
DAVID GITMAN EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor veal.
e Corresponde confirmar la sentencia recurrida que fija, como importe de la indemnización debida por la privación 1 del inmueble expropiado, el de la valuación efectuada por k el Trina de Tanationes de de ter 18.501 —que se expido por unanimidad— traducida en una suma inferior a la E que reclamó Capri el expropiado, E es la del E ietamen pto por los peritos tasa de ambas partes =—como sostiene el representante del Fisco— sino N a de la contestación a la demanda; a lo que se egrega la E cireunstancia de que el caso no tiene modalidad alguna en razón de la cual resulte procedente establecer un precio " distinto, SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL Bahía Blanca, 8 de setiembre de 1948.
y Y vistos: Estos autos n° 221, año 1947 "La Nación contra 4 David Gitman, expropiación", llamados para definitiva, de los a cuales Resulta :
E 1) A fs. 25 el Sr. Procurador Fiscal, en representación del Gobierno Nacional inicia demanda contra D. David Gitman per eatronincia de Jae quiniee Nes, Ba de GAN 10 22:24 ; ; 29 a 31; 34; 35; 43 a 51; 57 a 61; 64 a 67; 71 a 73; y 78 a 63; 65 a 87; 92 a 95; 99 n 101; 106 a 109; 113; 114 a 116; 118 a 123; 127 a 129; 132; 133; 135 a 137; 141 a 156; a 157 a 163; 165; 169 a 196; 201 a 203; 214 a 224; 226 a 233 y 235 a 238, ubicadas en el partido de Coronel Rosales, las que e tienen una superficie total de 120,790710 has., pre E: en las chacras 156 y 157 e —— comprobante de haber Aepeitado la qui de $ 7.247, ep usar a asignado mueble, posesión provisoria ueble : y que se haga Jugar a la demanda con costas.
> 2) De fs. 30 a 41 corren agregados los títulos de pro
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:310
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