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Fallos: 220:1049 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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NACION ARGENTINA v, HONORIO BOURDETTE

O QUIENES RESULTEN DUEÑOS
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia, Generalidades.

Es procedente el recurso ordinario de apelación en tercera instancia interpuesto durante la vigencia de la ley 4055, si el monto disentido en el juicio en que es parte la Nación excede de cinco mil pesos.

EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.

Si bien los jueces no están obligados a admitir lisa y llanamente la peritación del Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264, no lo es menos que ese asesoramiento, en razón de su especialización, no puede desecharse euando media la disidencia del delegado del propietario y la plena eoncordancia de todos los demás miembros en número de nueve —y entre éstos el representante de los contribuyentes— sin que se adviertan, tampoco, errores o notorias deficiencias en sus conclusiones; por lo que aprreponde aceptar la estimación hecha por el mene lo organismo legal, modificando en este punto la sentencia recurrida que —separen de las conclusiones de dicho tribunal y también los pei de las partes y tercero— fija un mayor precio al bien expropiado.

COSTAS: Naturaleza del juicio, Expropiación.

Las costas del juicio de expropiación deben ser pagadas en el orden causado —conforme a lo dispuesto en el art.

28 de la ley 13.264— cuando el monto que en definitiva fija la sentencia es inferior al ofrecido por el expropiae más el 50 de la diferencia entre éste y el reclamado por el propietario del bien.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Azul, 24 de julio de 1947.

Y vistos:

Estos autos caratulados: "La Nación e./ Ilonorio Bourdette o contra quien o quienes resulten propietarios, por expropiación", de los que resulta: +

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1049 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-1049

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