su experiencia, porque está en mejores condiciones que naBe para apretar las posibilidades de su enmpo; — se agregará al rubro de impuestos la cuota adicional del 2 por mil, omitida por el tribunal de tasaciones y se liquidarán por dos años los intereses del capital invertido en novillitos, como lo hace el informe del perito (fs. 288) y no por año, como fieura en el dictamen del tribunal de la especialidad (fs. 399), desde que el momento del proceso de engorde del novillito dura Se seguirá el segundo temperamento, para la determinación de los rubros referentes a los gastos de conservación y mintenimiento de las construeciones, aguadas y alambrados, y la amortización de aquellas mejoras, que el informe pericial denomina "gastos de perpetuidad" (fs. 287 vta., 284 vta, y 399).
En el rubro de "gastos de eultivo", la pequeña divergencia existente entre las cifras que los informes enuncian, será resuelta mediante la determinación discrecional en una cantidad inmediata.
El rubro de "varios", introducido por el tribunal administrativo por concepto de "movilidad, vacunas, ete." (fs. 399), se admitirá, por conceptuarse razonable, ducción y de e pon po pal de E ación ganadera, para estal r su e Ao neto, se obtienen las siguientes cifras:
A) Propucción:
360 novillos a $ 200 €/u. ................ $ 7200— 640 vacas madres a pastoreo, a $ 15 c/u. .. ,, 9.60.— $ 81.600.— A B) Gastos:
a) Gastos de cultivo: siembra de forrajes y gastos de conservación de alfalfares: el perito asigna al ler. eo $ 5.491,20 fs, 288 Aa el 2" $ 560 (fs. 276) ; en total, $ 6.051,20 y el tribunal de tasaciones, $ 7.346 (fs. 396), por lo que se determina discrecionalmente en ...... $ 6800.— b) Gastos de explotación :
1) Hacienda:
360 novillitos a $ 90 e/n. . $ 32400 2) Mortandad:
2 8,/ $ 72.000, valor de los novillos ............. .. 1.440 ,, 33.80—
Compartir
57Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1042
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-1042¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 220 en el número: 1042 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
