careciendo de importancia que él sea producido por las cir- ° eunstancias apuntadas o por otras y ello debe computarse para fijar la indemnización a pagar al propietario (J. A., año 1944, t. 2, pág. 394), 8) Estudiada así la zona, el inmueble y las condiciones del mereado en el momento de la ocupación por el expropiante año 1945), me ocuparé de la tasación por Há.
La prueba informativa y testimonial (Instituciones Bancarias, Casas de Remates, Martilleros y Testigos), está conteste en que su valor varía entre un mínimo de quinientos y un máximo de seiscientos, El Banco Hiptecario Nacional, al tasar la propiedad, reconoce los valores que fija en definitiva, no considera el mayor valor, ya que el capítulo denominado "Tasación" a fs. 87 dice: En consecuencia al tasar las propiedades motivo de esta inspección... asignándole a cada una de ellas el avalúo que estimo tendrían en la aetualidad, pero sin llegar a considerar el especulativo, fruto de la anormalidad del momento" y dando las razones por las cuales no lo considera, expresa "que debemos pensar que al terminar la guerra actual y normalizarse la vida de los pueblos, tendrá formalmente que modifiearse la situación especial de nuestros mercados, produciéndose la baja en las cotizaciones actuales y por lo tanto los valores inmobiliarios seguirán la misma trayectoria".
Vemos entonees que ha aplicado un criterio restrictivo, propio de las operaciones hipotecarias a largo plazo que realiza, pero inadecuado para fijar el precio en juicio de exproniación en que como ya lo sostuve, se debe considerar el valor real en el momento de la pt 9") Prueba 1: El Ing. Civil Jorge T. Rojo, nombrado a proposición de la Nación, teniendo en cuenta las características del campo, fija los mismos precios que la tasación hecha por los técnicos del Baneo Hipotecario, sin añadir razón alguna en que fundamente sus dichos, por lo eual y en atención a los argumentos del considerando anterior, al referirse al informe del Baneo, base de esta pericia, no la considera ajustada a la realidad, Los ingenieros Girbent y Curutchet guardan silencio n este y fijan un preeio uniforme para el total de las Hás., ión que el Juzgado no comparte, pues existen cerros que ienmente no pueden tener un valor igual al de la ticrra arable, y por consiguiente, lo equitativo, es determinar un valor promedio, el . tegiendo en enenta todos los antecedentes y prueba aport en autos, tasaciones efectuadas por los peritos y lo resuelto en la expropiación seguida contra Bourdette,
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1036
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