poniéndose estas tres fracciones que son adherentes entre sí, de un frente de seis mil setecientas cincuenta varas al río Salado al Este, por una legua de fondo, lindando por su frente con el espresado rio: por su fondo al Oeste con D. Francisco Marco Torres ; por el Sud con D. Antonio Frutos, y por el Norte con D. Juan Pablo Lopez.
Este señor Lopez vendió, dos meses antes de dicha escritura, su terreno, á D. Francisco Maria Torres, siendo por tanto hoy colindante con Seguí por ese rumbo ; como lo es tambien por el poniente por compra anterior hechaá Foster.
Tres cosas hay que considerar con respecto ú la escritura que acaba de mencionarse :
1° Que el vender quinientas varas 6 sean cinco enerdas que dice el vendedor hubo de Mariano Ferreyra, vende doscientas varas mas de esceso de las que correspondieron á Mariano, quien solo heredó dos de su padre Leon y una de su madre Agustina; lo que es mas efectivo si se atiende que en la transaccion que hizo Foster con Mariano, este solo le trasmitió derecho á cuatro ó cinco ó á las que resultasen ser de su lejitima propiedad como antes se dijo.
2 Que vende tambien Foster mil varas 6 sean diez cuerdas procedentes de la nieta de Juan Pablo Penayos, Martina, hija de José Roque, cuando se ha visto que ella solo pudiera haber sido dueña tal vez por herencia de su padre de una cuerda sesenta y cuatro varas que es la primera suerte al Norte de las tierras de Pennyos.
3" Que se dice que todos estos lotes están adyacentes, cuando en verdad están cortados en dos fracciones por la cuerda que fué de Gerónima, hoy de Francisco María Torres; ú quien ambos litigantes reputan propietario de esa suerte, 7 Esta área de una cuerda, la última al Sud de los terrenos del padre comun, y cuya ubicacion pudo traer alguna duda, debe señalarse donde se la considera, ya porque así se
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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:64
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