décimo, se confirma dicha sentene a «on costas, con declaracion de que los intereses legales deben correr solo sobre el importe del certificado impago de foja doce, desde el dia de la demanda, y que el metro cúbico de terraplen es con arreglo á la medida de escavacion ; quedando á salvo los derechos de los demandantes contra Terribile por la no ejecucion del contrato de foja tres. Satisfechas las costas de la presente instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
J. DB. GOROSTIAGA. —J. DOMINGUEZ.—
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FAS.
— $. M. LASPIUR.
E MIA
CAUSA XXXVI
D. Francisco Arias, contra los señores Duggan Hermanos, por cobro de pesos. — Incidente sobre falta de personería en el demandante y defecto legal en el modo de proponer la demanda.
Sumario. — 1" El demandado no puede impugnar una eseritura de cesion hecha por uno de los socios de la razon con quien trató, so pretesto de que no consta que pueda compor
Compartir
48Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1880, CSJN Fallos: 22:146
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-146
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 22 en el número: 146 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos