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Fallos: 22:148 de la CSJN Argentina - Año: 1880

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por ser una sociedad accidental, cedió á favor de Don Francisco Arias el crédito que dicha sociedad tenia contra los Sres. Miguel Duggan y hermano, procedente de estadías que le adeudaban, por valor de 5160 pesos fuertes oro sellado. El cedido aceptó el carácter que el cedente investía de socio representante de la razon M. Ponce y C°, por constarle su existencia.

Con esta escritura D. Francisco Arias pidió se reconociera su personería y se entendieran con él las ulteriores deligencias del juicio.

El Juzgado ordenó se le tuviera por parte y que se hiciera saber á los demandados. D. Aniceto Vidal por Duggan hermanos, que había opuesto la escepcion de incompetencia de jurisdiccion por ser el Doctor D. Manuel Ponce argentino, ignorando la nacionalidad de los otros socios, y los hermanos Duggan, estrangeros, se opuso á la cesion por cuanto la escepcion opuesta era personal á los demandantes, á lo que debe agregar que Manuel Ponce y C°, no habian justificado su personería al otorgar la escritura de cesion.

La oposicion de los hermanos Duggan fué rechazada por el Juez de Comercio, cuyo auto fué confirmado por la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, ordenándose por auto posterior que el espediente pasara al Juzgado de Seccion, ante quien Don Francisco Arias reprodujo su demanda.

Corrido traslado, D. Aniceto Vidal, por los hermanos Duggan, opuso las escepciones de falta de personería en el demandante D. Francisco Arias, y de defecto legal en el modo de proponer la demanda. Dijo que la escritura de cesion es hecha por el Doctor D. Manuel Ponce sin que se hubiese presentado ningun documento para acreditar que dicho señor representa á la sociedad comercial, ni tampoco que tenga derecho para comprometer la firma social, sin que ni aun el escribano de fé de que le conste siquiera por notoriedad pública que el Doctor Ponce tuviese el carácter que se atribuye; que siendo viciosa y contra derecho

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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:148 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-148

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