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Fallos: 219:554 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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554 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de mayo de 1951.

Vistos los autos: "Bruni Ernesto — Aduana 180P-1947", en los que a fs. 106 se ha concedido el recurso extraordinario, Considerando:

Que la presente causa llega ante esta Corte por recurso extraordinario concedido a la parte demandada a fs, 106.

Que conforme con la ley de Aduana N° 11.281 y sus modifienciones, el derecho por concepto de estadística está definido como un servicio y no como un impuesto, por consiguiente no son aplicables al caso los artículos de las Ordenanzas de Aduana referentes a la defensa en la percepción de la renta, que invoca la parte demandada.

Que la jurisprudencia de esta Corte Suprema mencionada es uniforme en este sentido según así se deja constancia en el fallo apelado, Por tanto, habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, se confirma la sentencia de fs. 99 por sus fundamentos.

Luis R, Lose: — Tomís D.

Casares — FeLiPe SANTIAGO Pérez — Artio Pessacvo.

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:554 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-554

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