ha FALLOS DE LA CORTE SUPREMA tulos V y VII, el apoderado de la Sociedad Rural accionada formula consideraciones diversas acerca de los precios pagados por Aereenot de biemida eeienes al del Tbine" descrilos antecedentes de las distintas operaciones realizadas, dE por no es tativo, y que e por le dentado, e ua $ 50420483 m/o. de /. De fa 20 8 230, Cap. II, el mandatario Dr. culo expres qu la Sociedad Rural de Curuzú Cuatiá es la primera instituc de eee nniurlest Contado en esta Previcnie, dl año 10). y ° A que portante por la decisiva gravi bad A de momen aun que Minmeio mee Aecdol Hur de pecuaria; n otra he Provincia de Corrientes ha construido locales como los que tiene la demandada, cuyas fotografías obran agregadas a los autos, alrededor de cuyos locales, a través de casi medio siglo de proficua existencia, logró adquirir 90 hectáreas de terreno dentro de la planta urbana, puede decirse de la ciudad de Curuzú Cuatiá, con el beneficio de la energía eléctrica y todos los servicios públicos de la vida urbana. Hace constar seguidamente que debido a le cenpación de sun locales por le parte axpropitate, la, Meciedad Hera eccicando e vió tada y suprimir su exposición de y que tampoco realizarla suprimir an exedaión de Mis y que Cmpete rodeó Pie:
porque aparte de los derechos que deja de percibir por las menos Futre dl grave mentos de El Del aNii: 2 fundamental estatutario, mientras la clientela se digrego, para obtener eu Necmideder en otra paris Minilica luego que el Estado Argentino le adeuda a la ad demandada, una compensación estipulada de $ 600 mensuales por el uso de eme iresiey, denje entro de 1016, Incteire hate 1e Testa presentación escri ecupende. 20:7 CUÍA Y eontrademandar, a mérito del recon ento e y mesa de ue el titular de la Cartera de Guerra 1.
DT es ma mola de fecha 19 de mayo de 1945, dirigida a la Sociedad accionada, documento que presenta y eorre glosado a fs. 226. También acompaña como documento adjunto a la contestación de la demanda, el folleto que se agreREA EAT que consta de 18 pie. editado vor le Cosicied ral de Curuzú Cuatiá, en donde con transcripción de las comunicaciones respectivas se memorializan las condiciones de oeupación por el Estado, de las fracciones de terreno y demás bienes y mejoras que motivan este juicio de expropiación.
Expresa finalmente que en su oportunidad se falle esta causa
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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:424
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