DE JUSTICIA DE LA NACIÓN "a — NACION ARGENTINA v. SOCIEDAD RURAL
DE CURUZU CUATIA
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Generalidades, El recurso ordinario de apelación en tercera instancia precede ante la Corts uprema en los mor previstos en ley 4055.
RECURSO DE NULIDAD.
desestimar la nulidad contra la sene o e o sido sustentado ante la Corte Suprema y no existe mérito para declararla de oficio, EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor veal.
Corresponde confirmar el unciamiento recurrido, po OA bien, adoptando el mismo que contiene el dictamen del Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264, si dicha estimación resulta justa y equitativa; sin que a ello obste la atTeCaaión de le Cemeededa —iecviraado en antes de ue el informe aludido organismo expedido A EXPROPIACIÓN: Indemnisación. Otros daños.
No existe fundamento para hacer pagar al Estado exproemanado de la Dt im de e nes , Si los 1 arrendados, con todas sus e Fijér.
eito, por lo menos desde enero de 1944, habiéndose iniciado el pleito el 11 de agosto de 1945, o sea cuando ya no usufructuaba el bien la demandada.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Corrientes, 31 de diciembre de 1947.
Y vistos:
Los autos caratulados "Estado Nacional ino e/ Sociedad "Rural de Curuzá Cuatiá a/ expropiación" (Exp.
N" 168, año 1945) de los que resulta:
Compartir
51Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1951, CSJN Fallos: 219:421
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-421
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 219 en el número: 421 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos