Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 219:418 de la CSJN Argentina - Año: 1951

Anterior ... | Siguiente ...

"us FALLOS DE LA CORTE SUPREMA ritieriticos Y Atifadore afectado Ye expropiación, en de e 10, es Ir, a unio Que el Tribunal de Tasaciones asigna el valor de $ 9,50 el m3, pero surge de lo actuado de fs, 81 a 99 que al referido Tribunal le han faltado elementos de apreciación más inmediaos, como pueden ser los que resultan de los mencionados juicios y debe tenerse muy en cuenta que en el caso de VereertMo PL dE pr poda $10 en el que el el en por unidad métrica, Que a las demás pruebas producidas en autos conforme a las disposiciones de la ley 189: mo debe tomárclas en cuenta, en de lo que determinan los arts, 14 y 31 de la ley 13.264.

Que las comas, de acuerdo con el art. 28 de esta última ley, corresponde que sean por cuenta de la actora.

Que fallecimiento del demandado Alberto Gutiérrez y, abiendo acreditado debidamente su calidad de sucesores Matilde Sheffick de Gutiérrez, D. Avelino Gutiérrez y pee DE o E por al , por sus nomPor estos fundamentos iciones es citad y disposic legal as, juzFallo:

Declarando transferido al Estado Nacional Argentino Administración General de Parques Nacionales y Turiemo — Decretos 125.176/42 y 12.054/46, t. o. ley 12.103), una fracción de tierra de propiedad de D. Alberto Gutiérrez (hoy sus sucesores Matilde Sheffick de Gutiérrez, D. Avelino Gutiérrez 7D Rita Guiitrres de Gutiéress). cuya mperficio de 1975 metros cuadrados tiene la forma de un paralelogramo, con las siguientes dimensiones y linderos: 98 metros con 40 centímetros de base por 20 metros de altura, linda al Sur y al Norte con más tierras del mismo propietario; al Este, con D, Carlos de putada A e en m se en el la" Propiedad con fecha 21 de abril de 1994, en sona Río Negro, t. 65, folio 451, nfimero de la finca 9.752, a nombre de D. Alberto Gutiérrez, mediante el pago de la suma de $ 19.680 m/n., que el actor deberá pagar dentro del plazo de 30 días, con más los intereses al tipo bancario, desde el día de la des

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

52

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1951, CSJN Fallos: 219:418 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-418

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 219 en el número: 418 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos