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Fallos: 219:315 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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SOTIRIS TEODOLOU Y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: . 1 a Requisitos formales. Interposición Es improcedente el recurso si en el escrito en que ve interpuso se ha ceaiido le Der a los hechos de la causa y a la relación que los mismos y las cuestiones en ellas debatidas guardan con la cuestión federal que se pretende someter a la decisión de la Corte Suprema. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales.

Las cláusulas 37, T, 10 y 37, II, de la Constitución Na

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rente a la denegación del hábeas corpus deducido por

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er y no reeumo extraordinario fundado en aquéllas.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales.

La invocación de la tía de la defensa en juicio no DE enn 1 tete Mco de pruel E. se y la rel con los heehos de la causa.


CIUDADANIA Y NATURALIZACION,
La falta de reglamentación del art. 31 de la Constitución mencionada los términos del apartado final de la elánmla mencionada, priva de valor al argumento fundado en la

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:315 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-315

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