instancia serán en el orden causado en razón del resultado de los recursos.
Lurs R. Lovaomr — Roporro G.
VALENZUELA — Tomás D. CaSARES — FELIPE SANTIAGO P£REZ — ArTILIO PESSaGNO. .
HECTOR P. LLAN DE ROSOS Y OTRA v. ANDRES F.
LLOBET GUERRERO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia territorial. Actos ilícitos.
Es juez competente para conocer en el juicio sobre indemnización de daños y perjuicios derivados de un aceidente de tránsito el del lugar en que éste se produjo, por el que optó la parte damnificada, a lo cual no obsta la circuns- E tancia de que ambas partes tengan su domicilio en otro lugar.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: Ante el Juzgado en lo Civil y Comercial n" 1, Departamento del Sud de la Provincia de Buenos Aires, :
con asiento en Dolores, Héctor Paulino Llan de Rosos :
y Dominga Gandola de Llan de Rosos, por medio de apoderado promovieron acción por indemnización de daños y perjuicios, provenientes de un accidente de ! tránsito ocurrido en aquella jurisdicción, contra Andrés Francisco Llobet Guerrero, El demandado, sin contestar la acción, opuso ante el Juez en lo Civil de :
la Capital Federal, con carácter de artículo de previo y especial pronunciamiento, la excepción dilatoria de incompetencia de jurisdicción; y la Cámara 1° de Ape
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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:307
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