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Fallos: 217:262 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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262 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA considerar que se trataba de consumar una operación clandestina de exportación, resolvió declarar caídas en comiso la mercadería y el camión chapa 412.012 y distribuir el comiso, previa venta en público remate del camión y mercadería seenestrados, elevando nota al Juzgado Federal, a cuya disposición fueron puestos los detenidos (fs, 1 a 31).

II) Avocado el Juzgado al conocimiento de la causa se indagó a los detenidos, comenzando por Marcos Alejo Contrera, quien ratifica la declaración prestada ante el Administrador de la Aduana, explicando que conoce a Angel José Passero, el que llega a veces a su casa a tomar mate, no teniendo con él otra relación, habiéndole dado permiso para pasar la noche en el rancho. Manifiesta conocer a García Barcia por comprarle y venderle diversos productos de granja, sin tener amistad con Él, sin saber por qué motivo desapareció del lugar, dejando abandonado su camión, cuando llegó la autoridad policial. Ignora cómo, cuándo y por quién fueron colocados en una dependencia de su casa, los siete bultos que fueron secuestrados por la comisión aduanera (fs. 7 y 8). Amplía sus dichos, expresando que García Barcia le solicitó permiso para pernoctar por vez primera en su rancho, al que llegó a las 20 horas, habiéndole dado autorización para usar un charret de su pertenencia, viendo que se dirigía a la costa, sin conducir ninguna carga y sin que al regresar le hiciera ningún comentario. Manifiesta que Passero llegó al lugar, a las 21 horas, ignorando la persona que abrió la tranquera del campo, sin advertir que hiciera señales con las luees del camión que guiaba (fs, 33).. Al referirse al farol que se encontraba encendido entre la arboleda en el si tio marcado en el croquis de fs. 3, dice que él es encendido por su esposa cuando coloca carne en el sitio donde se encuentra, estando encendido esa noche porque su mujer necesitó de aquel producto varias veces para la cena de sus hijos y de Passero (fs. 41). .

Indarado José Angel Passero, ratifica la deciaración prestada ante la Administración de la Aduana, en que manifestara que a las 23 horas del día 8 de abril se encontraba durmiendo sobre la carrocería de su camión, siendo despertado por personas que le preguntaron a qué lugar se dirigía, respondiendo que ese día había cargado en su camión 88 bultos, euvo contenido ignoraba, en la Capital Federal en la casa del Sr. Prieto para conducirlos hasta el Canal Quinee, donde debía entregarlos al Sr. Bianchi en un almacén de ramos generales de propiedad de Bianchi y Darriean. Al llegar a Punta Piedras, notó fallas en el motor, decidiendo estacionar

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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:262 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-217/pagina-262

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