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Fallos: 216:235 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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involucrado en las ventas del día ascendentes a $ 1.189 y con el siguiente detalle extraído del libro Rorrador de Caja al folio 53: <10.104, un reloj pulsera oro 18>"'. e) Artículo N"' 13.388. — "Individualiza este número del libro "Stock"" cuna cigarrera plata y oro» de un costo de $ 150,42 y figura vendida a Miguel Fernández con fecha enero 31-946 em $180. Esta venta se anota al folio 9 del libro de Ventas del ente sucesor, en igual fecha, debitado en la cuenta del comprador Miguel Fernández por el detalle cuna cigarrera plata y oro N' 13.388, $ 1803"'.

d) Artículo N' 18.407. — "Bajo este número el libro "Stock" identifica: «un par tornillos platino y brillantes» de un costo de $ 403,76, apareciendo como vendido en mayo 28-945 a Marcelo Martín en la suma de $ 650".

"El ingreso de su importe consta al folio 142 del libro Caja núm. 14 eonfundido con las otras ventas al contado del mismo día, mayo 28-945, que totalizaron 6 1 165 y que según el detalle que suministra el libro Borrador de Caja folio 56, está integrado entre otras partidas por: cartículo 18.409: un par tornillos platino y 2 brillantes € 5502".

e) Artículo No 26.633. — ""Con el número indicado el libro "Stock" singulariza a «un reloj hombre oro 18 K. U.

Nardin» de un costo de $ 230, el cual fué dado de baja en mayo 21-945 por venta al "Sr. Verce" en la suma de $ 400.

a me libro consta otra nota que dice: «Uso particular "Al folio 141 del libro Caja núm. 14 se registra la entrada de las ventas al contado de aquel día, mare 21046, que alcanzaron a $ 656,50, cifra ésta que según el libro Borrador de Caja incluye el eartículo núm. 26.633: un reloj hombre oro 18 k. a vidrio U. Nardin, $ 400".

f) Artículo N' 1146. — "Este artículo, según el libro "Stock", correspondía a cuna pulsera oro platino brillantes y zafiros» de un costo de $ 277,44, figurando como vendida a Lizarralde, con una nota que dice eperdida»".

Finaliza su dictamen el perito-contador expresando: ""Luego, informo en conclusión que los artículos especificados en el resultado primero de la resolución administrativa de fe 73 como faltantes del negocio en el momento de la ins; ión imiciada en enero 31-944, con excepción hecha del identificado con el núm. 1146 —que se da como perdido— figuran posteriormente vendidos y tributando el correspondiente impuesto interno en las fechas y por los importes que se expresan en el cuadro que antecede".

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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:235 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-216/pagina-235

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