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Fallos: 215:306 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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que incumbe a la administración aduanera y, con mayor razón, al Ministerio de Hacienda de la Nación; cuyas resoluciones podrán provocar la controversia judicial y el correspondiente pronunciamiento si resultaran elaramente arbitrarias.

CONSTITUCIÓN NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Resoluciones administrativas.

La resolución R. F. n? 51 del Ministerio de Tlucienda de la Nación de fecha 27 de febrero de 1942, que fija los caracteres específicos que deben presentar los artículos de metal plateado o de electro plata para ser encuadrados en cada una de las diferentes calidades de las partidas 4086, 4087 y 4088 del arancel aduanero, no importa exceso de sus atribuciones per parte del Ministerio ni modificación del concepto de las mencionadas partidas ni reforma de los aforos de la tarifa.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, abril 6 de 1948.

Vistos y Considerando:

Que por despacho directo N° 23.254 de 1942 se manifestaron artículos de metal plateado de calidad ordinaria —pPartida 4088—, y la Aduana de la Capital, considerando que los mismos tenían más del 2 de plata y que la R. F. N° 51 del Ministerio de Hacienda de fecha 27 de febrero de ese mismo año sienta norma de despacho estableciendo que cuando dichos artículos tuvieran más del 2 de plata deben ser aforados como de calidad regular —partida 4087—, comisó la mercadería de referencia de conformidad con lo preseripto en el art. 69 de la Ley de Aduana, Que este Juzgado y la Cámara Federal de Apelación en los autos caratulados: ° Tolomei Enrique y Cía. Ad. 156-C942", que corren agregados por cuerda separada, resolvió un caso semejante al presente, estableciendo que la R. R. N" 51 del Ministerio de Hacienda de fecha 27 de febrero de 1942 (publicada en el Boletín de la Direeción Gral, de Aduanas —T. v.— N? 3, pág. 267) eleva los aforos de los artículos comprendidos

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Año: 1949, CSJN Fallos: 215:306 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-215/pagina-306

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