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Fallos: 214:462 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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RAUL BATTILANA BOLLINI
. SUPERINTENDENCIA, No pudiendo ser modificadas por vía de superintendencia las resoluciones dietadas por los Tribunales de la Capital en grado de apelación ni mediando solicitud del interesado en ese sentido, y habiendo informado la respectiva cámara de apelaciones que ha efectuado las regulaciones de honorarios en cuestión con arreglo a las disposiciones del arancel profesional establecido por los decretos 19.540/47 y 29.336/47, correaponde desestimar el pedido de que la Corts Suprema 'adopte las medidas necesarias para que dicha cámara aplique el arancel de referencia para las regulaciones de honorarios de ingenieros agrónomos.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 25 de agosto de 1949, Autos y vistos: Considerando:

Que respecto de la regulación de los honorarios correspondientes al ingeniero agrónomo Raúl Battilana Bollini, practicada a fs. 222 por la Cámara de Apelaciones en lo Comercial de la Capital, no se ha interpuesto ninguno de los recursos previstos en las leyes 48 y 4055 para ante esta Corte Suprema.

Que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal, la mencionada resolución no podría ser modificada por vía de superintendencia (Fallos: 134, 219). Por lo demás, no media pedido del interesado en ese sentido, pues se limita a solicitar que se adopten las medidas que se juzguen necesarias para que la Cámara de referencia "aplique para las regulaciones de honorarios el Arancel Profesional que rige según decretos 19.540/47 y 29.336/47.

Que aun cuando hubiera error en el auto de fs.

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:462 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-214/pagina-462

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